Ciudad Victoria, Tamaulipas; 15 de Octubre de 2011.- Diputados locales del Partido del Trabajo (PT) pretenden modificar el artículo 30 del Código Municipal del Estado de Tamaulipas, que regula el tope al salario para alcaldes, regidores y síndicos de los 43 municipios de Tamaulipas.
Alejandro Ceniceros Martínez, legislador local del PT señaló la remuneración de servidores públicos debe estar regulada, pero además ajustarse al presupuesto con el que cuenta cada administración municipal.
El también líder estatal petista adelantó que ya se presentó una iniciativa de reforma al Congreso del Estado, con el fin de modificar el artículo del ordenamiento municipal.
En ese sentido consideró innecesario mantener la disposición en el Código Municipal, en virtud de que en enero pasado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, (SCJN) resolvió que esa modificación promovida por la fracción del PRI era inconstitucional.
“Es cierto que la resolución de la Corte solo benefició a los ayuntamientos que interpusieron la controversia constitucional, que son Llera, Gómez Farías y Abasolo de extracción panista, pero si otros ayuntamientos hacen uso del mismo recurso obtendrán un fallo favorable, entonces no vemos para qué esperar a que eso ocurra” indicó.
Dijo que la reforma al Código Municipal aprobada por la anterior legislatura, tenía claramente la intención de ejercer un control político sobre los regidores y síndicos porque no se reguló el sueldo de los alcaldes.
“Era más que nada una intención de tener control político porque no se incluyó a los Presidentes Municipales. Afortunadamente la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la medida. Nosotros ya presentamos la iniciativa para eliminar el segundo párrafo del artículo 30 y esperamos que pronto sea dictaminada a favor” indicó.
De acuerdo a la página electrónica de la Secretaria de Gobernación el artículo 30 del Código Municipal que hace referencia el legislador no contempla “párrafos” en mención y a la letra expone; Los miembros de los Ayuntamientos tendrán la remuneración que se les asigne en el Presupuesto de Egresos respectivo, atendiendo a los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público municipal, así como a la situación económica de los Municipios.
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